DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control de la Sección de Adolescentes de este Circuito Judicial Penal del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL, planteada por la Fiscal del Ministerio Público a favor de los Adolescentes; por la presunta comisión de los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD y PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previstos en los artículos 218 Ordinal 1º y 277 ambos del Código Penal, y artículos 9 y 10 de la Ley Sobre Armas y Explosivos. Todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 561 Literal "e" de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente; y consecuencialmente el cese inmediato de las medidas cautelares impuestas con ocasión de la celebración de la Audiencia de Presentación al adolescente IDENTIDAD OMITIDA. Ofíciese lo conducent.....