DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL SISTEMA PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DE ESTE CIRCUITO JUDICIAL PENAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: UNICO: EL ARCHIVO DE ACTUACIONES de la causa penal signada con el Nº 1CA-1464-08 seguida al adolescente: CARLOS JOSE CARRASQUEL, titular de la cedula de identidad personal N° 25.299.462, residenciado en Arismendi Estado Barinas, hijo de Lucio Ramón Carrasquel y Carmen Miguelina Rodríguez, el cual puede ser notificado a través del teléfono de la Sra. Pina 0426-9450544; por la presunta comisión del delito de Hurto simple, previsto en el artículo 453 del Código Penal, en consecuencia el cese inmediato de todas las medidas de coerción personal, cautelares y de aseguramiento impuestas, así como la condición de imputada; todo ello de conformidad co.....