IV
Por los Razonamientos de hechos y de derecho precedentes, este TRIBUNAL MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTES, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, EN FORMA UNANIME DECLARA: PENALMENTE RESPONSABLE al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 PARAGRAFO 2 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal vigente, en perjuicio de LUIS ALEJANDRO TESTRINI y se le impone la sanción PRIVACIÓN DE LIBERTAD, establecida en el literal "f" del artículo 620, en concordancia con los artículos 628, ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, por el plazo máximo de CINCO (05) AÑOS, en los términos y condiciones que establezca el Tribunal de Ejecución que corresponda. Todo ello confor.....