este juzgador en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a negar el pedimento invocado por el defensor público abogado Oscar Parra, actuando en su carácter de defensor del penado WENDER JUAN CARLOS BRAVO CASTILLO en relación al beneficio del Régimen Abierto solicitado.
Así se decide, notifíquese a las partes.
El Juez de Ejecución,
Dr. MIGUEL PADILLA BAZÓ.-
La Secretaria,
Abg. INDIRA TRINIDAD VIVAS SANTANA.-
MPB/IV/fmg
?1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO
DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO?