PENA IMPUESTA: cuatro (04) Años de Prisión, más accesorias.
DETENIDO DESDE: 02 de diciembre de 1993, hasta el 30 de diciembre de 1993
PENA CUMPLIDA: veintiocho (28) días.
PENA POR CUMPLIR: tres (03) años once (11) meses y dos (02) días.
El penado se encuentra evadido desde el 01 de noviembre de 1994
Notifíquese al Ministerio Público, al penado y a su defensor, para que en el lapso de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación.
La Juez de Ejecución,
Dra. Betty Yaneth Ortiz Chacón.-
La Secretaria,
Abg. Carmen Pierina Loggiodice.
1E104-99
BYOCH/CPLR/omjr.-