Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de la defensora Lorena Rodríguez en su carácter de defensora de JOSE RAMON MENDEZ SOTO, en consecuencia se NIEGA el confinamiento solicitado. Por lo que el pendo deberá continuar cumpliendo su pena en el Centro Penitenciario de Occidente. Notifíquese al Fiscal , Defensor y Penado.-