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Decisiones del dia 16/02/2009

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : 1E149-99 N° Sentencia : 149 Fecha: 16/02/2009
Procedimiento:
Computo
Partes:
WENDER JUAN CARLOS BRAVO CASTILLO, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NO. V-14.857.804
Resumen:
En sentencia condenatoria de fecha 28/09/1.999, él penado no fue condenado a penas accesorias. El penado podrá de conformidad con el artículo 507 del Código Orgánico Procesal Penal reformado, redimir la pena, de acuerdo a la Ley de Redención Judicial por Trabajo y Estudio, a razón de un día de prisión, por dos días de trabajo o estudio. Notifíquese del presente cómputo al Ministerio Público, al penado y su defensor, para que en el lapso de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribunal a solicitar cualquier modificación. LA JUEZ DE EJECUIÓN, DRA. NELLY MILDRET RUIZ LA SECRETARIA, ABG. MILENA FREITEZ Causa 1E149/99.- NMR/MF/lucy.
Juez/Ponente:
Nelly Mildret Ruiz Ruiz
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
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N° Expediente : 1E149-99 N° Sentencia : 149 Fecha: 16/02/2009
Procedimiento:
Redención De La Pena
Partes:
PENADO WENDER JUAN CARLOS BRAVO CASTILLO
Resumen:
Con base a los razonamientos precedentes este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA REDIMIDO siete (07) meses, veintinueve (29) días, al penado WENDER JUAN CARLOS BRAVO CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.857.804, de conformidad con la competencia atribuida por el artículo 479, numeral 1, del Código Orgánico Procesal Penal; artículos 507 y 508 eiusdem y el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Trabajo y Estudio. En consecuencia, realícese nuevo cómputo de la pena efectivamente cumplida, sumándole el tiempo redimido en esta decisión, establézcase cual es el total de pena cumplida, determínese con exactitud la fecha en la que finalizará la condena y la fecha a partir de la cual el penado podrá.....
Juez/Ponente:
Nelly Mildret Ruiz Ruiz
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
arriba

N° Expediente : 1E149-99 N° Sentencia : 149 Fecha: 16/02/2009
Procedimiento:
Cómputo De Pena
Partes:
WENDER JUAN CARLOS BRAVO CASTILLO
Resumen:
PENA POR CUMPLIR: Cuatro (04) años, Tres (03) meses y Veinte (20) días. FECHA EN QUE CUMPLE LA PENA: 07 de Junio de 2.013. FECHA EN LE PROCEDE LOS BENEFICIOS: ¼ DESTACAMENTO DE TRABAJO: 26 de Junio de 2000, considerando las redenciones. 1/3 REGIMEN ABIERTO: 12 de Octubre de 2.001, a las 4:00 pm., considerando las redenciones. 2/3 LIBERTAD CONDICIONAL: 30 de Julio de 2.007, considerando las redenciones. 3/4 CONFINAMIENTO: 24 de Diciembre de 2.008, a las 12 horas, considerando las redenciones. En sentencia condenatoria de fecha 28/09/1.999, él penado no fue condenado a penas accesorias. El penado podrá de conformidad con el artículo 507 del Código Orgánico Procesal Penal reformado, redimir la pena, de acuerdo a la Ley de Redención Judicial por Trabajo y Estudio, a razón de un día de prisión, por dos días de trabajo o estudio. Notifíquese del presente cómputo al Ministerio Público, al penado y su defensor, para que en el lapso de cinco (05) días hábiles, concurran al Tribun.....
Juez/Ponente:
Nelly Mildret Ruiz Ruiz
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución
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