TERCERO: Por los razonamientos expuestos este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Primero: DECRETA LA PRESCRIPCIÓN DE DE LA PENA que le falta cumplir de tres (03) años, cuatro (04) meses, catorce (14) días de prisión, más las accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, al penado RAFAEL PERDOMO MÉNDEZ, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad de residente Nº E.- 80.448.194, condenado por la comisión del delito de VIOLACIÓN PRESUNTA EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, tipificado en el numeral 1º del artículo 375 en concordancia con el artículo 80, ambos del Código Penal, vigente para cuando ocurrieron los hechos, cometido en perjuicio de una niña. En consecuencia, se extingue la pena, quedando extinguida la responsabilid.....