Por todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, OTORGA la Medida Alternativa de Cumplimiento de Pena de DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO al interno ALMARIO FLORES JOSE RAMON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 14.663.992, natural de San Rafael de Managua, Barinas, Estado Barinas, nacido en fecha 01-03-1976, quien fue condenado por la comisión del delito de Robo de Vehículo, tipificado en el artículo 5 de la Ley Sobre Robo y Hurto de Vehículo Automotor, cometido en perjuicio de RODRIGUEZ MANUEL RAMÓN. De conformidad con el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia, Primero: La penada ALMARIO FLORES JOSE RAMÓN, c.....