REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO APURE, EXTENSIÓN GUASDUALITO. Guasdualito, 29 de julio de Dos Mil Cinco (2.005)
194° y 146°
Visto escrito presentado ante este despacho por la defensora publico penal Rinalda Guevara, donde solicita le sea concedido el Beneficio de Confinamiento a favor de su defendido SÁNCHEZ JOSE OLIVO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.875.471, penado en la presenta causa y hecha revisión de la causa; este Tribunal de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad, en ejercicio de sus funciones, acuerda notificarle a la defensora, que no reposa en la causa dirección alguna donde el penado vaya a cumplir con el Beneficio de Confinamiento, siendo este uno de los requisitos necesarios para la concesión del mismo, por lo que no es procedente lo solicitado.
El Juez de Ejecución,
Dr. Miguel Padilla.....