este Tribunal de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: Mantener las medidas impuestas por este tribunal en cuanto: a) Presentación cada noventa (90) días por ante un Tribunal de Ejecución, Sección de Adolescentes de San Fernando de Apure. b) Prohibición de salida del país. c) Prohibición de portar armas blancas así como armas de fuego. d) Remitir cada tres (03) meses constancia de trabajo actualizada y consignarla por ante este Tribunal. e) Se encomienda al padre del adolescente de la vigilancia del cumplimiento de estas medidas. SEGUNDO: Se ordena expedir por Secretaría copia simple de la presente acta al representante de la Defensa Pública, Abg. José Antonio Salcedo así como para el adolescente (Se omite identificación. Artículo 545 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente). TERCERO: Se ordena ag.....