Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la acción de DIVORCIO, instaurada por la ciudadana NORKA ERLINDA CARDENAS JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.358.653, en contra de su legitimo cónyuge JOSE OMAR RAMIREZ RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.192.323, según la causal 2º del artículo 185 del Código Civil, el cual contempla El Abandono Voluntario y en consecuencia, disuelto el vinculo matrimonial que los unía.- Y así se Decide.-
SEGUNDO: Este Tribunal acuerda la Guarda del niño (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente) a la madre ciudadana NORKA ERLINDA CARDENAS JIMENEZ, de conformidad con lo establecido en el Artículo 360 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y la Patria Potestad será ejercida por ambos de conformidad con lo establecido en los artículo 347 y 349 de la Ley Orgánica de Protección.....