DECRETA LA REPOSICIÓN DE LA PRESENTE CAUSA al estado de Designar nuevo Curador Especial, para asumir la representación de la adolescente (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica de la Protección del Niño y del Adolescente), Designándose para asumir tal representación al Abg. JOSE GREGORIO ESCOBAR CALZADILLA, en su carácter de Defensor Público Tercero para el sistema de Protección del Niño y del Adolescente, de conformidad con lo establecido en el artículo 270 del Código Civil; en consecuencia se declara nulo todo lo actuado con posterioridad a dicha demanda, de conformidad con lo previsto en el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el articulo 211 ibídem.