PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de Obligación Alimentaria formulada por el Abogado Abg. JESUS HERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 66.107, actuando en mi carácter de Defensor Publico Segundo para el Sistema de Protección, asistiendo a la niña (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), representada legalmente por su madre ciudadana MAYULI LISSET AGUILAR, contra el ciudadano LEOPOLDO NICOLAS DAVILA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-10.922.153, quien es Distinguido de la Guardia Nacional.-