Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, FIJA CON CARÁCTER PROVISORIO la suma de CIEN MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo) mensuales, que el ciudadano HENRY JOSE BENAVIDES, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 10.620.226, debe cumplir a favor de su hija antes mencionada a partir del presente mes de Marzo y año en curso, con retención de sueldo por la cantidad fijada mas el 14,18% del bono Vacacional y Bonificación de Fin de año, para cubrir parte de los gastos ocasionados por la niña que nos ocupa en épocas de inicio de actividades escolares y decembrinas; sumas estas que deberán ser retenidas por el organismo empleador del obligado y depositadas directamente en cuenta de ahorros ordenada aperturar en esta misma fecha en el Banco BANFOANDES de la que posteriormente se informará dicho número.- Y para garantiz.....