autoriza amplia y suficientemente la Ciudadana: ELIA MIREYA POLANCO DE CASTILLO, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad Nº V- 14.812.463, en su condición de Hermano y representante de hermana (Se omite la identidad de conformidad con lo establecido en el Articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), para que gestione por ante los organismos competentes el cobro de todos los Beneficios Sociales que puedan corresponder a los citados hermanos con motivo del fallecimiento del ciudadano Decujus ALONSO ENRIQUE CASTILLO GOMEZ, quien fuera titular de la Cédula de Identidad Nº V- 5.966.256, Igualmente para retirar de dichos Organismos cheques a nombre del Juzgado. Advirtiéndose que dichos beneficios deben ser cancelados en cheque de gerencia a nombre de este Tribunal para la supervisión de su administración por ser bienes de niños.-