este Tribunal le imparte su Homologación, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil. En cuanto a la suspensión de las medidas decretadas, este Tribunal accede a lo solicitado; en consecuencia, se levantan las medidas decretadas, a cuyos efectos se ordena librar los oficios correspondientes, se declara concluido el presente juicio y se ordena el archivo del expediente en su oportunidad de Ley.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, al 1° de octubre del año 2008.
La Jueza,
Abg. Anaíd Hernández Zavala El Secretario Temp.,
Abg. Carlos Villanueva
Exp. N° 15.426.
AHZ/CVM/Mílvida.