este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastante y suficiente las presentes actuaciones a favor de los ciudadanos: MARIA MAGDALENA CEDEÑO FIGUEREDO, JOSE ABEL CEDEÑO FIGUEREDO, MARIA DEL CARMEN CEDEÑO FIGUEREDO, SONIA MARGARITA CEDEÑO FIGUEREDO, DORIS JOSEFINA CEDEÑO FIGUEREDO, ENEIDA JOSE CEDEÑO FIGUEREDO, LIBIA ROSA CEDEÑO FIGUEREDO, JOSE DAVID CEDEÑO FIGUEREDO, PEDRO JOSE CEDEÑO FIGUEREDO e HILDA ROSA CEDEÑO FIGUEREDO, para que en su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus MANUEL EUTELIO CEDEÑO, reclamen sus derechos y acciones que pudieran corresponderles con tal carácter. Evacuadas las presentes diligencias devuélvase las actuaciones originales a la parte interesada.
La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ.-
La Secretaria,
Abg. AURI Y. TORRES.-
ACHZ/frrp.
Sol. 487