SEGUNDO: CON LUGAR la presente acción de TACHA DE FALSEDAD DE DOCUMENTO PÚBLICO, incoada por la ciudadana FABIOLA JAKELINE HIDALGO RANGEL, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-14.811.502, domiciliada en la ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, representada por los Abogados en ejercicio MANUEL SALVADOR PÉREZ BERDUGO y PEDRO OMAR SOLÓRZANO REYES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-13.489.461 y V-11.692.533, respectivamente, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 91.568 y 79.641, respectivamente, con domicilio procesal ubicado en el Paseo Libertador, edificio "Leoneca", primer piso, oficina Nº02, de ésta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, carácter éste que se desprende de instrumento poder otorgado ante la Notaría Pública de San Fernando de Apure, en fecha 24 de mayo del año 2017, quedando inserto bajo el Nº 14, Tomo 88, Folio 93 hasta el 97 de los Libros llevados a tal fin por la mencionada Notaría;.....