este Tribunal Primero de Primera instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Ordena seguir el presente proceso por los tramites del juicio ordinario, de conformidad con lo establecido en el articulo 734 del Código de Procedimiento Civil, y Decreta la Interdicción Provisional de la ciudadana Maria Sofía Castillo, y nombra como tutor interina a su hija legitima Rosa Adela Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 5.236.024, con domicilio en el sector El Yopito, calle Principal, casa S/N, de la población de Mantecal, Distrito Muñoz del Estado Apure, de conformidad con lo establecido en los artículos 393, 395, 396 y 398 del Código Civil, en concordancia con los artículos 733 y 734 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
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