DISPOSITVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la presente demanda de COBRO DE BOLÍVARES por el procedimiento por Intimación, incoada por el Abogado ANTONIO JOSE MORENO SEVILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-8.629.520 y domiciliado en la ciudad de Calabozo, Estado Guárico, actuando con el carácter de apoderado judicial de la empresa mercantil AGROSERVICIOS MIDA CALABOZO, S.A., inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Guárico, en fecha 27 de Diciembre de 1.994, bajo el Nº 08, Tomo 14-A, en contra de ciudadana NERIS DEL VALLE LÓPEZ MERCADO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.864.836 y domicil.....