por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN, dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Así mismo, se ordena oficiar a la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Achaguas, a los fines de levantar la medida decretada en fecha 31-03-05, que pesa sobre los inmuebles siguientes: Primero: Un Lote de terreno constante de Cien Hectáreas (100 has) en sabanas denominadas Potreros Rameros Payara en Jurisdicción del Municipio Achaguas de esta Circunscripción Judicial, con los siguientes linderos; Norte: Sucesión Quiñónez; Sur: Encarnación Rodríguez Venero; Este: Sucesión Quiñónez y Oeste: Baldomero Rodríguez Venero conocido dicho terreno con el nombre de Fundo Las Vacas el cual se encuentra registrado por ante la oficina subalterna del Registro del Municipio Achaguas, bajo el Nº 13, folio 57 y 58, Protocolo Primero, Tercer Trimestre del año 1.998.....