Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente acción de DIVORCIO, seguido por el ciudadano GERMAN ALEJANDRO ARMADA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, domiciliado en el Municipio Achaguas, titular de la cédula de identidad Nº V-8.156.375, asistido por el abogado en ejercicio EDGAR JOSÉ LANDAETA GÁMEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 142.565, de este domicilio, en contra de su legítima esposa, ciudadana CLEOTILDE DEL CARMEN CASTILLO, venezolana, mayor de edad, casada, hábil en derecho, titular de la cédula de identidad Nº V-4.670.960 y domiciliada en la Parroquia Apurito, Municipio Achaguas, del Estado Apure. En consecuencia se declara disuelto el vínculo matrimonial celebrado entre los cónyuges GERMAN ALEJANDRO ARMAD.....