Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la presente acción y en consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN DE LAS ACTAS DE NACIMIENTO de los ciudadanos PAOLA ALEJANDRA SOLORZANO OCHOA, WERNER ALEJANDRO SOLORZANO OCHOA y CECILIO JOSE SOLORZANO OCHOA en los libros de registro nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, remítase copia certificada de la presente decisión a la Prefectura del Municipio San Fernando Estado Apure, y al Registro Principal del Estado Apure a los fines de que RECTIFIQUE las correspondientes ACTAS DE NACIMIENTOS Nros. 1766, 1366 y 34 de los años 1985, 1988 y 1989 respectivamente en los libros de registro de nacimientos llevados por la Prefectura del Municipio San Fernando del Estado Apure, por cuanto se colocó erróneamente su segundo apellido como OCHOA siendo lo correcto HERNANDEZ.
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