SEGUNDO:
Por todos los razonamientos expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado apure, administrando Justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara SIN LUGAR la presente acción. Y así se decide
Publíquese regístrese y déjese copia.
Dada firmada y sellada, en la sala del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, a los doce (12) días del mes de Noviembre del dos mil siete (2007). Años 197° de la Independencia y 148° de la Federación.
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La Jueza,
Dra. ANAID C. HERNANDEZ
La secretaria,
Abg. AURI TORRES.
ACHZ/frrp.