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Decisiones del dia 15/02/2022

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 16.694 N° Sentencia : 16.694 Fecha: 15/02/2022
Procedimiento:
Estimación E Intimación Honorarios Profesionales
Partes:
LISBEHT FRANCO CADENAS VS RAFAEL MIGUEL CAMEL CASTRO
Resumen:
Es por tanto que las medidas cautelares son un instrumento necesario para la eficiencia de la Justicia y este poder cautelar debe ejercerse con sujeción estricta a las disposiciones legales que lo confieren, por ello la providencia cautelar sólo se concede cuando existan en autos, medios de prueba que constituyan presunción grave de la existencia del riesgo manifiesto de quedar ilusoria la ejecución del fallo, así como del derecho que se reclama. Por tal razón es imperativo examinar los requisitos exigidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, esto es, el peligro grave de que resulte ilusoria la ejecución de la decisión definitiva (periculum in mora) y la presunción grave del derecho que se reclama (fumusboni iuris). En ese sentido, de la revisión efectuada al libelo de la demanda, se constató que el solicitante no aporto las pruebas suficientes para que proceda el decreto de la medida solicitada, en consecuencia, este juzgado concede tres (03) días de despacho siguient.....
Juez/Ponente:
Auris Yuli Torres Lares
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo
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N° Expediente : 16.694 N° Sentencia : 16.694 Fecha: 15/02/2022
Procedimiento:
Estimación E Intimación De Honorarios Profesionale
Partes:
LISBETH FRANCO CADENAS VS RAFAEL MIGUEL CAMEL CASTRO
Resumen:
Es por tanto que las medidas cautelares son un instrumento necesario para la eficiencia de la Justicia y este poder cautelar debe ejercerse con sujeción estricta a las disposiciones legales que lo confieren, por ello la providencia cautelar sólo se concede cuando existan en autos, medios de prueba que constituyan presunción grave de la existencia del riesgo manifiesto de quedar ilusoria la ejecución del fallo, así como del derecho que se reclama. Por tal razón es imperativo examinar los requisitos exigidos en el artículo 585 del Código de Procedimiento Civil, esto es, el peligro grave de que resulte ilusoria la ejecución de la decisión definitiva (periculum in mora) y la presunción grave del derecho que se reclama (fumusboni iuris). En ese sentido, de la revisión efectuada al libelo de la demanda, se constató que el solicitante no aporto las pruebas suficientes para que proceda el decreto de la medida solicitada, en consecuencia, este juzgado concede tres (03) días de despacho siguient.....
Juez/Ponente:
Auris Yuli Torres Lares
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y de Trabajo
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