Y por cuanto versa sobre derechos disponibles este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN dándole el carácter de sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia se ordena el archivo del presente expediente en su oportunidad de Ley. En cuanto a la solicitud de levantar la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el inmueble descrito en autos, este Tribunal ordena dejar sin efecto la medida decretada en fecha 14 de Noviembre del 2001 sobre: Una superficie de ciento cuarenta y siete hectáreas con treinta y seis áreas (147,36 HAS) con todas las mejoras y bienechurias que le corresponden sobre esta superficie la cual forman parte de una mayor extensión constante de Novecientas diecinueve Hectáreas (919 HAS) situadas dentro del Fundo Agropecuario denominado Piritalito, ubicado en la Parroquia Guardatinajas, Municipio Francisco de Miranda del Estado Guarico, cuyos linderos particulares de las referidas .....