En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE ENAJENAR Y GRAVAR de conformidad con los artículos 585, 586 y 588 del Código de procedimiento Civil sobre: Un bien consistente en una casa propia para habitación familiar, ubicada en el barrio "La Charneca" del Municipio San Fernando, construida sobre un lote de terreno de propiedad Municipal, constante de Trescientos Ochenta Metros Cuadrados (380,00M2) aproximadamente con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Templo evangélico Apocalipsis, en 33,00Mts; SUR: Familia Guillen, en 33.00Mts; ESTE: Calle principal, en 17,60Mts; y OESTE: Caño Caramacate, en 17,60Mts; propiedad del demandad de autos ciudadano ALBERTO DE JESUS HERRERA, tal como se evidencia del documento debidamente Protocolizado por ante el Registro Publico del Municipio .....