DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Se ordena al Juzgado Primero del Municipio Muñoz de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, REPONER la presente causa al estado de admisión, ateniéndose al procedimiento establecido según el tipo de acción intentada por el actor. Y así se decide.
Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión. Remítase el expediente original al Tribunal de origen en su debida oportunidad.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal siendo las 12:30 p.m. del día de hoy, veintiuno (21) de Febrero de dos mil siete (2007). 196° de la Independencia y 148° de la Federación.
La Jueza Titular,
Abg. ANAID C. HERNANDEZ Z.
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