Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure actuando en sede Constitucional, declara: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional intentada por el ciudadano FREDDYS HUMBERTO NIEVES BLANCO, venezolano, mayor de edad, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-9.597.332, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio RAFAEL RODOLFO ORTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-14.811.867, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 163.453, en contra JUZGADO DEL MUNICIPIO SAN FERNANDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO APURE. Así se decide.