III
DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el FRAUDE PROCESAL denunciado por la parte actora reconvenida ciudadana GERMARY T. HERNÁNDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.977.536 y de este domicilio, en contra de las actuaciones procesales de la demandada reconviniente ciudadana ELOÍNA CAMPOS, venezolana, mayor de edad, titular de las cédulas de identidad N° V-2.231.967 y de este domicilio, y así se decide.
SEGUNDO: SIN LUGAR la presente acción MERO DECLARATIVA negativa intentada por la ciudadana GERMARY T. HERNÁNDEZ, ya identificada, en contra de la ciudadana ELOÍNA CAMPOS, también identificada, y así se decide.
TERCERO: SIN LUGAR la reconvención que por REIVINDICACIÓN intentó .....