TERCERO: El ciudadano Oscar Simón Espinoza López, manifiesta libre de todo apremio y coacción, que conviene en que la suma adeudada y recibida a la firma del presente contrato se hace, por medio de instrumento Mercantil denominado Cheque de Gerencia distinguido con el Nº 00211479 librado en contra de la cuenta corriente 01020466650000022021 del Banco Venezuela, recibiendo así a su entera y cabal satisfacción la liberación de la obligación que dio motivo al presente debate judicial. CUARTA: ambas partes manifestamos formalmente a este Tribunal que damos por terminada la presente controversia judicial, por lo que los recursos ejercidos en contra de las sentencias interlocutorias dictadas en el presente juicio quedan sin efecto y en base a lo cual pedimos que copia de la presente transacción sea remitida al Juzgado Superior de esta Circunscripción Judicial QUINTO: las partes intervinientes en la presente transacción solicitamos con el debido respeto al ciudadano Juez, que se archive el pr.....