En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela DECRETA MEDIDA PREVENTIVA DE PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR de conformidad con los artículos 585, 586 y 588 del Código de procedimiento Civil sobre:
PRIMERO: Una casa de habitación familiar, ubicada el Paseo Libertador, distinguida con el Nº 53, de esta ciudad de San Fernando de Apure, y sus linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Sabino Vázquez, en veintiséis metros con setenta centímetros (26,70 Mts); SUR: Terreno de la Sucesión Montes, en veintiséis metros con setenta centímetros (26,70 Mts) ; ESTE: Avenida Paseo Libertador, en Dieciséis Metros con Diez Centímetros (16,10 Mts); y OESTE: Casa de Reynaldo Mirabal, en Dieciséis Metros con Diez Centímetros (16,10 Mts); documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna .....