Por todo lo antes expuesto este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el articulo 651 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA como sentencia con AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el Decreto Intimatorio, dictado en el presente procedimiento; en consecuencia se condena a pagar al ciudadano JESUS GUALDEMAR GRACIA ECHENIQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 14.948.246, al abogado JOSE GREGORIO FERNANDEZ, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 9.375.544, las siguientes cantidades: 1) La cantidad de TRECE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE CON CUARENTA Y OCHO CENTIMOS FUERTES (Bs.F. 13.997,48) por los siguientes conceptos: La cantidad de Once Mil Bolívares Fuertes con cero céntimos (BsF. 11.000,00) por concepto del capital con.....