III
DISPOSITIVA.
En atención a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: El Decaimiento de la Acción de Reivindicación instaurada por el ciudadano Abogado SERGIO HUMBERTO VIVAS GUERRERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.233.993, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.35.684 y con domicilio procesal Calle Nº.14 Rómulo Gallegos, Casa Nº.3-26, al lado del Destacamento de la Guardia Nacional Bolivariana de la población de Elorza, Municipio Rómulo Gallegos del Estado Apure, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana SABINA MARTINA SOLORZANO DE VAZQUEZ, quién es venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nº.V-1.833.297 y domiciliada en la población de Elorza, Munic.....