Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario de La Circunscripción Judicial del estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECRETA LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el Juicio de CONVENIO ALIMENTARIO, instaurado por la Abg. AURA LOPEZ DE MARTINEZ, en su condición de Procurador Primero de Menores del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial contra el ciudadano GONZALEZ ZARATE IGOR DE LA ROZA.-
Dada la naturaleza de la decisión no hay condenatoria en costas de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Notifíquese a la parte demandante de conformidad con lo establecido en el artículo 174 del Código de procedimiento Civil.
Regístrese, Publíquese, y déjese copia certificada.-
Dada, firmada y sellada, en la sala del despacho de este Tribunal, a los catorce (14) .....