DECISIÓN EXPRESA, POSITIVA Y PRECISA
Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO EL VINCULO MATRIMONIAL, contraído por los ciudadanos PEDRO DANIEL PANTOJA y MARIA CIRILA SALAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 4.141.767 y 10.619.738 respectivamente, el cual contrajeron en fecha 14 de Septiembre de 1998, por ante la Prefectura Civil del Municipio Biruaca del Estado Apure, según copia certificada del Acta Nro. 073.-
Liquídese la Comunidad Conyugal.
Publíquese, registrase y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando de Apure, a los dieciséis (16) días del mes de Febrero del año Dos Mil Nueve.- AÑOS: 198º de la Independencia y 149º de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
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