DISPOSITIVA.
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la Perención de la Instancia en el presente juicio de Divorcio incoado por la ciudadana Mari Vezaida Santaella debidamente asistida de Abogado contra el ciudadano Carlos Rafael Gallardo y así se decide.
Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión. Líbrese Boleta.