En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su HOMOLOGACIÓN JUDICIAL al DESISTIMIENTO, efectuado por el Ciudadano EDY JOSUE GONZALEZ FARIAS, con el carácter de parte Demandante en el presente juicio, para que surta su efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil.
En virtud del Desistimiento del demandante, se ordena al Alguacil de este Tribunal, consignar Despacho de Comisión junto con la Boleta de Emplazamiento de fecha 18-10-2010, insertos en los folios 47 al 49 del Expediente. Cúmplase.
Este Tribunal levanta la medida de Embargo Preventivo, decretada en mediante Sentencia Interlocutoria de fecha 19 de Octubre de 2.010, sobre los créditos y derechos que .....