En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, de Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Imparte su Homologación Judicial al Desistimiento, efectuado por la parte actora ciudadana Nelka Noiralyt en su carácter de parte demandante, debidamente asistida en este acto por el abg. Carlos Daniel Gutiérrez, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 134.780, para que surta su efecto de Sentencia Pasada con autoridad de Cosa Juzgada de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil. Se acuerda oficiar al Juzgado Superior en lo Civil, (Bienes), Contencioso, Administrativo y Agrario de esta Circunscripción Judicial, a los fines de que remita en el estado en que se encuentra las resultas de la Regulación de Competencia solicitada mediante oficio Nº 575 de fecha 11-07-2008.- Líbrese oficio.-
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