Con base en las consideraciones anteriormente expuestas, este tribunal administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDO el Vinculo Matrimonial, contraído por los ciudadanos, ciudadanos: LIGIA MARGARITA AGRINZONES y REIMUNDO ANTONIO LOPEZ PEREZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 4.141.688 y 7.267.829, respectivamente, el cual contrajeron en fecha 28 de Septiembre de 1.996, por ante la Junta Comunal del Municipio Biruaca del Estado Apure, según acta Nº .90 de la misma fecha.
Liquídese la comunidad conyugal.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado, en la ciudad de San Fernando, Estado Apure, a los Veintiséis días del mes de Septiembre del año dos mil Cinco.- Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
LA JUEZ TEMPORAL,
DRA. SANDRA NORIEGA DE RI.....