Por recibida y vista la diligencia cursante al folio 11 del expediente, estampada por la Abogada YASMIN SOLANGEL YEJAN MONTEVERDE, con el carácter de autos, mediante la cual desiste del presente procedimiento; désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, de conformidad con las disposiciones del Artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA dicho DESISTIMIENTO, se da por terminado el Juicio, dándosele el carácter de cosa juzgada con autoridad de sentencia pasada. Igualmente como es solicitado por la parte demandante, se ordena devolver el original de la Letra de Cambio cursante al folio 5 del expediente. Y para la elaboración de dicha copia fue autorizado el ciudadano GERALD ALEXEI ALMEIDA ARIAS, Alguacil de este Tribunal, titular de la Cédula de Identidad N° 13.193.310, quien firmará conjuntamente con la Secretaria de este Despacho al pie de la presente certificación, y se ordena el archiv.....