Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1°) PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES que intentó el Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 34.179, y de este domicilio, en su condición de Apoderado Judicial de la ciudadana MIRIAN JOSEFINA FAMA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 6.233.469, y de este domicilio, contra el ESTADO APURE, en la persona de su Representante legal la Procuradora General del Estado Apure, debidamente representado por los Abogados MARLYN MENA, FRANCISCO ANTONIO CORDOVA, PETRA FLORINDA CEDEÑO y MARCO LAURENZA inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 97.945, 95.914, 95.781 y 84.585 respectivamente. 2°) Se Condena a la parte demandada, ESTA.....