Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure: Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: INADMISIBLE la Demanda de COBRO DE BOLÍVARES POR INTIMACION, incoada por los Abogados MARVIN RUFINO SOLORZANO y CARLOS ANTONIO LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nºs. 9.596.850 y 17.394.764, inscritos en el Inpreabogado bajo los N°s. 127.004 y 133.173 respectivamente, en su carácter de Apoderados Judiciales del ciudadano ISAIAS INFANTE MARROQUIN, venezolano, mayor de edad, Comerciante, titular de la Cédula de Identidad N°. 25.734.894 y de este domicilio, contra el ciudadano ANGEL RUBEN FLORES HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V- 11.759.075, domiciliado en el Barrio Samán Llorón, Calle Guatemala, S/N°., "Taller de Mecánica.....