Por recibida y vista la Transacción que anteceden, suscrita por los ciudadanos: MARIA AUXILIADORA RODRIGUEZ DE RODRIGUEZ, parte demandante en la presente causa, y el ciudadano CARLOS SUAREZ, parte demandado; mediante la cual celebran Transacción en el presente Juicio; désele entrada y admítase cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, ordena HOMOLOGAR dicha TRANSACCION, se da por terminado el presente Juicio, dándosele el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así mismo, se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente respectivo.- CUMPLASE.-