En consecuencia, habiéndose comprobado plenamente de los autos, que ha transcurrido el lapso legal para que opere y se declare de oficio la Perención en la presente causa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así se declara y por lo tanto extinguida la Instancia en el Juicio de TRABAJO (PRESTACIONES SOCIALES) seguido por el Abogado MARCOS GOITIA, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana BLANCA NELLYS ROA RUIZ, contra la asociación Civil HOGARES DE CUIDADO DIARIO, en la persona de su Directora Ejecutiva, ciudadana MARIANGELA LUGO DE CIPOLLA.-