En consecuencia, habiéndose comprobado plenamente de los autos, que ha transcurrido el lapso legal para que opere y se declare de oficio la Perención en la presente causa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así se declara y por lo tanto extinguida la Instancia en el Juicio de TRABAJO (PRESTACIONES SOCIALES), seguido por la ciudadana LIDA BERTA SEQUEDA, asistida del Abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, contra EL INSTITUTO NACIONAL DE LA VIVIENDA (I.N.A.V.I.), representada por su Presidenta ciudadana KATIUSKA AGÜERO.-