En consecuencia, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la presente acción de Daños y Perjuicios, interpuesta por el ciudadano MOISES ELEAZAR GARCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 3.770.269 y con domiciliado procesal en la Calle Carlos Rodríguez Rincones de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, representado por el Abogado ARNOLDO JOSE ROJAS, Inpreabogado N°. 99.748 y del mismo domicilio, en contra del ciudadano MANUEL JOSE VELASQUEZ PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 8.198.753 y con domicilio en la Calle Plaza, sector 19 de Abril, Barrio "Pueblo Nuevo" de esta ciudad de San Fernando de Apure, Estado Apure, representado por la Abogada ZENAIDA M. PIZZANI V., Inpreabogado N°. 4.040, y de este domicilio. Y así se decide. SEGUNDO.....