Con fundamento a las consideraciones antes expuestas, este Juzgado del Municipio San Fernando de la Circunscripción Judicial del Estado Apure administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: 1º) PARCIALMENTE CON LUGAR la Demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS EN ACCIDENTE DE TRANSITO, que intentó el ciudadano LUCAS ABELARDO RODRIGUEZ FARFAN, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. 9.598.247 y de este domicilio, debidamente representado por los Abogados LUIS EDUARDO LIMA y MANUEL BELLO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs. 94.162 y 105.855, contra la Entidad Territorial Estado Apure en la persona del ciudadano Procurador General del Estado Apure, representado por los Abogados MIGUEL ANGEL CORTEZ, ANNALIESSE MONTENEGRO y BELBIS FARFAN, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nºs. 87.505, 43.265 y 84.281, y de este domicilio. En consecuencia se condena:
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