En consecuencia, habiéndose comprobado plenamente de los autos, que ha transcurrido el lapso legal para que opere y se declare de oficio la Perención en la presente causa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, así se declara y por lo tanto extinguida la Instancia en el Juicio de COBRO DE BOLIVARES, seguido por la ciudadana SENAIDA URIMARE LUNA, asistida por el Abogado en ejercicio ciudadano ANTONIO JOSE ALVARADO, contra el ciudadano PEDRO MATUTE.-